Nuevas obligaciones para autónomos y empresas que utilicen o generen envases en su actividad comercial.
El Real Decreto 1055/22 de Envases y Residuos afecta a autónomos, empresas y entidades que pongan en circulación envases de cualquier tipo que pongan en circulación envases de cualquier tipo.
Para garantizar su cumplimiento, se han establecido sanciones que van de los 2.000€ a los 100.000€. También pueden suponer la inhabilitación y la incautación de las mercancías. Eso en el caso de que no se perturbe gravemente la salud pública, la seguridad de los consumidores o la protección del medio ambiente, lo que aumentaría las cuantías.
Según datos de National Geographic, sólo en España se lanzan al mar diariamente más de 126 toneladas de plástico. Es segundo país que más plástico lanza al Mediterráneo.
Aunque el reciclaje de envases a nivel doméstico está creciendo, situándose ya por encima del 50%, todavía queda mucho por hacer.
Ahora el foco está puesto sobre las empresas, autónomos y todo tipo de entidades públicas y privadas.
REQUISITOS DEL REAL DECRETO DE ENVASES Y RESIDUOS
El nuevo RD 1055/2022 establece una serie de requisitos para que empresas y autónomos cumplan con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030.
Todos aquellos que en su actividad pongan en circulación envases (bolsas de plástico, recipientes para comida a domicilio, etc.) están obligados a presentar anualmente una Declaración Anual de Envases (DAE) en la sede electrónica de la entidad competente en su Comunidad Autónoma.
Los que generen algún tipo de residuo (aceites usados, residuos de construcción y demolición, residuos peligrosos, etc.) deben presentar una Declaración Anual de Residuos Industriales (DARI).
Pero también hay otras novedades que afectan, principlamente, a los comercios y establecimientos de hostelería y restauración.
Te ayudamos a cumplir con los nuevos requisitos medioambientales del RD 1055/2022 gracias a nuestro manual interactivo, que incluye: