El empresario controlaba los movimientos del trabajador durante su baja médica
¿Detenido por espiar a un empleado mediante GPS? Sí, como lo lees. Esta semana hemos leído la noticia y nos ha dejado perplejos. Un empresario sevillano ha sido detenido por espiar a un empleado mediante GPS. Se dedicó a espiar todos sus movimientos mientras éste estaba de baja médica. Los hechos los denunció el propio empleado, quien encontró, por casualidad, un localizador GPS oculto en los bajos de su vehículo. Se dispuso a lavar el coche y, al notar un daño, se agachó para observarlo más de cerca y… se encontró la sorpresa.
Según ha informado la Guardia Civil, el empresario había comprado el dispositivo utilizando datos falsos. Aquí nos encontramos con varios delitos:
- contra la intimidad
- falsedad documental
- daños
- y estafa.
Por otro lado, el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 20.4, dispone que «El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones». Como vemos, un informe médico es el único medio legal que el empresario tiene a su disposición para saber si el trabajador de baja le está mintiendo.
A pesar de lo rocambolesco de la historia, éste no es un caso aislado. Ya en el año 2012, el Tribunal Supremo censuró el uso de este tipo de dispositivos en estas mismas circunstancias. En ese caso, el trabajador estaba contratado como ayudante de obra y se dedicaba la mayor parte de su jornada a conducir un vehículo de empresa. En junio de 2010, el trabajador inició un proceso de incapacidad temporal derivada de una dolencia en un brazo y la empresa decidió investigarle contratando a un detective privado. El detective colocó un dispositivo GPS en el coche particular del empleado para conocer sus movimientos. La empresa comprobó que el trabajador utilizaba dicho vehículo para sus desplazamientos personales y que era capaz de realizar esfuerzos físicos incompatibles con su supuesta incapacidad.
Después de esto, el trabajador fue despedido. Recurrió antes los tribunales y, tanto un Juzgado de los Social de Bilbao como el Tribunal Superior de Justifica del País Vasco, declararon el despido nulo. El motivo de esta decisión fue que la colocación del GPS afectaba directamente al derecho a la intimidad del empleado.
Y es en este punto donde la historia nos interesa especialmente. Porque puede existir un conflicto entre el “derecho a la intimidad” de los trabajadores y la obligación de la empresa de realizar un registro horario de la jornada laboral.
La mayor parte de los derechos encuentran límites al colisionar con otros derechos.
Desde el 12 de marzo de 2019, todas las empresas están obligadas a realizar este registro y a presentarlo ante la Inspección de Trabajo si es requerido. Muchas empresas continúan realizándolo en papel. Otras tienen sistemas de fichaje como tarjetas perforadas o registro de huella en sus instalaciones. Pero cada vez son más las que optan por sistemas más ágiles y prácticos. Sobre todo cuando se trata de controlar puestos que están en continuo movimiento. En ocasiones, se usan apps que incluyen control por GPS.
En estos casos, ¿está permitido usar un localizador GPS para estar al tanto de los movimientos de los trabajadores?
La respuesta es sencilla: SÍ, siempre que el trabajador esté informado con detalle de qué tipo de información se va a recopilar y haya manifestado expresamente su consentimiento. De todas formas, esta imposición sólo se podría plantear en el caso de que los medios y dispositivos utilizados por los trabajadores sean propiedad de la empresa. En modo alguno se puede aplicar este control a un vehículo privado o al teléfono móvil particular de los empleados, aunque lo utilicen para su trabajo.
Como vemos, la Protección de Datos vuelve a enseñarnos algo. Y es que está presente en todos los ámbitos de la vida y de la empresa en los que se haga uso de datos personales.
Síguenos para conocer cómo esta y otras normativas pueden afectar al día a día de tu negocio.